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Qué son los derechos de autor

Todos los autores/as, por el mero hecho de serlo, tienen sobre sus obras una serie de derechos para poder explotarlas.

Qué son los derechos de autor

Qué son los derechos de autor

Los derechos de autor suponen uno de los principales derechos de propiedad intelectual. Su finalidad es la de dar solución a aquellos posibles conflictos de intereses que puedan surgir entre los autores de las creaciones intelectuales y los editores e intermediarios que las distribuyen, así como con el público que las consume**.**

Derechos de autor

Los derechos de autor son los derechos y facultades que les corresponden a los autores sobre sus obras simplemente por el hecho de haberlas creado. La Ley de Propiedad Intelectual define como autor a la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica.

Por tanto, el autor posee sobre su obra una serie de derechos, conocidos como derechos de autor, que le dan plena capacidad, así como exclusividad, para explotarla.

Los derechos de autor son dos: los derechos morales y los derechos económicos.

Derechos morales

Se trata de unos derechos de carácter personal, irrenunciables e inalienables. Alguno de ellos son ilimitados en el tiempo, como el del reconocimiento de la autoría y de la integridad de las obras.

Los derechos morales más importantes son los del reconocimiento de la autoría, la integridad de las obras y el de la divulgación, pero hay muchos más:

  • Decidir si una obra ha de ser divulgada y en qué forma.  
  • Determinar si esa divulgación tiene que hacerse con el nombre del autor, o bajo seudónimo o signo, o bien anónimamente.  
  • Exigir la paternidad de la obra. 
  • Exigir el respeto a la integridad de la obra, impidiendo con ello cualquier tipo de deformación, modificación, alteración o atentado que conlleve un perjuicio a los legítimos intereses o perjuicio a la reputación del autor. 
  • Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.  
  • Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, tras la pertinente indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación. 
  • Acceder al ejemplar único o raro de la obra, si se encuentra en poder de otro, para poder ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda.

Derechos económicos

Al contrario que los derechos morales, los económicos, o de explotación, se prolongan sólo por un tiempo, y es la legislación de cada país la que delimitan su duración. Así, en España perduran durante toda la vida del autor y, tras su fallecimiento, recaen en sus herederos a lo largo de 70 años más.

Además, hablamos de unos derechos que son transferibles. Se pueden vender, ceder o compartir con terceros, haya un interés económico o no.

De este modo, la titularidad de los derechos de explotación no pertenece siempre al autor/a, puesto que los ha podido ceder o vender a una tercera persona o entidad, como puede ser un editor.

Dentro de este campo, la Ley de Propiedad Intelectual destaca estos derechos:

  • Reproducción: acto de fijación en todo o en parte de la obra en un medio que posibilite su comunicación y la obtención de copias de toda o parte de ella. 
  • Distribución: acto de poner a disposición del público del original o copias en soporte tangible de la obra a través de su venta, alquiler, préstamo u otro medio. 
  • Comunicación pública: acto por el cual una pluralidad de personas obtiene acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de éstas. 
  • Transformación: acto de traducción, adaptación y cualquier otra modificación de una obra en su forma de la que se disponga una obra diferente. 

Los derechos de autor se encuentran regulados en la Ley de Propiedad Intelectual española, si bien les afectan, igualmente, otras normativas nacionales, europeas y tratados internacionales.

Aunque nuestra legislación en materia de propiedad intelectual establece que una obra está protegida por el mero hecho de ser creada, es recomendable su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.

Categorías: Marcas y Patentes.

Etiquetas: Derechos de autor.

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